Deben empresas con comercio exterior presentar cumplimiento de esquema de subcontratación laboral
19 de enero de 2022.- La Cámara de la Industria de la Transformación, CAINTRA, de Nuevo León publicó hoy el acuerdo por el cual se da a conocer que las empresas con certificaciones en materia de comercio exterior deberán presentar aviso de cumplimiento del esquema de subcontratación laboral.
A continuación se reproduce el texto íntegro:
Monterrey, Nuevo León a 19 de Enero de 2022
Estimado Socio. Le informamos que en la publicación de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 20221 del pasado 24 de diciembre de 2021, fue incluido en el Octavo transitorio que las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo las modalidades de IVA e IEPS, Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Certificado, en cualquier rubro, vigente, que hayan obtenido su registro conforme al esquema de subcontratación establecido en los derogados artículos 15-A al 15-D de la Ley Federal del Trabajo, tendrán 15 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución (01 de enero de 2022), para informar a la AGACE mediante escrito libre que cuentan con personal registrado ante el IMSS y cumplen con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores.
Para dichos efectos el 11 de enero de 2022 en la publicación del Anexo 2 de las Reglas, se incluyó la ficha de trámite 22/LA, misma que establece que se debe presentar ante la Oficialía de Partes de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior en la Ciudad de México un escrito libre manifestando que cumple con el número de empleados requeridos y la emisión de los comprobantes fiscales digitales por Internet de nómina a sus trabajadores.
Es importante remarcar que en caso de incumplimiento la autoridad procederá a iniciar los procedimientos de requerimiento o cancelación, según corresponda del registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
En virtud de la relevancia que tiene el Esquema de Certificación de Empresas en las operaciones de nuestros afiliados, recomendamos el cumplimiento oportuno con el presente requerimiento y en caso de requerir apoyo en el cumplimiento del mismo favor de contactarnos a la brevedad.
Cabe precisar que el presente boletín es meramente informativo y por cuestiones de redacción se omitieron diversos supuestos encontrados en documento de referencia, por lo que los invitamos a revisarla cuidadosamente. Nos ponemos a sus órdenes en caso de requerir información adicional o bien para brindarle asesoría legal y apoyo, poniendo a su alcance los correos de contacto del equipo legal:
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Reportacero