Se ampara firma local ante impuesto ecológico
Una empresa queretana del ramo de la construcción interpuso y logró obtener un amparo definitivo para dejar de pagar, el Impuesto Estatal por Remediación Ambiental en la Extracción de Materiales, mejor conocido como impuesto ambiental.
De acuerdo con el resolutivo, este gravamen fue declarado inconstitucional por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito en la sentencia publicada este 8 de junio con el visto en revisión administrativa 453/2022.
Uriel de la Torre Gallardo, abogado de la empresa, cuyo nombre se reservó, explicó que el impuesto ecológico que entró en vigor en Querétaro el primer día de enero del 2022, viola el principio de legalidad tributaria.
Explicó que, de acuerdo con el criterio del Tribunal Colegiado, no existe certidumbre jurídica sobre cómo determinar la base del impuesto y cuándo pagarlo.
Esto debido a que, por un lado, el artículo 83 Bis-4 de la Ley de Hacienda del Estado, condiciona la determinación de la base del impuesto a la presentación del informe anual de registro de emisiones y transferencia de contaminantes a través de la cédula de operación anual, misma que debió presentarse ante la SEDESU dentro de los primeros tres meses del año 2023 y, por otro lado, el artículo 83-Bis 6 de la Ley señala que el impuesto debe ser enterado en pagos definitivos, mediante declaración que se presentará ante la Secretaría de Finanzas a más tardar el día 22 del mes inmediato siguiente a aquel en que se extrajeron los materiales.