Expide López Obrador reformas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
En el Artículo Único de documento se señala que se reforman los artículos 15, fracciones V, VI y VII; 17; 18; 19, párrafo primero y las fracciones I, II y V; 20; 21, párrafo primero y fracciones I y II; 22, párrafos primero y último; 23; 24, párrafo segundo.
Así como el artículo 25, fracciones II y III; 35, párrafo segundo; 37; 40, párrafo segundo; 42; 43, párrafo primero; 54; 57, párrafo segundo; 58, fracciones V, VII, XI, XII y XV; 59, párrafo primero y fracción II; 60; 61, fracción II; 62, fracción I y III; 63, párrafo primero; 66 y 67 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
En los transitorios se indica que el presente Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y que se derogan todas aquellas disposiciones legales, estatutarias o administrativas que se opongan al presente Decreto.
El Decreto fue dirigido al jefe del Poder Ejecutivo por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y firmado por Martí Batres Guadarrama, presidente de la Cámara de Senadores; y por Porfirio Muñoz Ledo, presidente de la Cámara de Diputados el pasado 7 de febrero.
López Obrador y la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, rubricaron el decreto el pasado 26 de febrero.
Notimex