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Expide AMLO decreto que sanciona el acuerdo de medidas preventivas de COVID-19

24 de Mar 2020 .- Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México expidió hoy el decretó que se sanciona el acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Además decretó que la Secretaría de Salud, a través de su Titular, Jorge Carlos Alcocer Varela realizará todas las acciones que resulten necesarias, a efecto de dar seguimiento a las medidas previstas e informará cada veinticuatro horas al Presidente de la República sobre la situación existente.

Y también decretó que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a coordinarse y brindar los apoyos necesarios para la instrumentación de las medidas preventivas a que se refiere el artículo primero.

En el Diario Oficial de la Federación de la edición vespertina consideró el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que el Gobierno de México tiene la obligación de garantizar y realizar todas las acciones necesarias para ello.

El artículo 73, fracción XVI, Bases 2a. y 3a., establece que en caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, las cuales se sancionarán por el titular del Ejecutivo Federal y deberán ser obedecidas por las autoridades administrativas del país;

Que el artículo 3o. de la Ley General de Salud establece que es materia de salubridad general, la organización, control y vigilancia de la prestación de servicios, la atención médica y la prevención de enfermedades transmisibles, entre otros;

Que el artículo 135 de dicho ordenamiento establece que la Secretaría de Salud elaborará y llevará a cabo, en coordinación con las instituciones del sector salud y con los gobiernos de las entidades federativas, programas o campañas temporales o permanentes, para el control o erradicación de aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la salubridad general de la República, dentro del que se encuentra el brote por virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el territorio nacional;

Que en ese contexto, el 24 de marzo de 2020 se publicó el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las medidas que se deberán implementar para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de los riesgos para la salud derivados de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), y

Que la autoridad sanitaria, en la determinación de las medidas aludidas en el considerando anterior, será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por todas las autoridades administrativas del país.

ReportAcero

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