Imponen cuotas definitivas a lámina rolada en frío procedentes de China
Por lo que declaró hoy concluido el procedimiento de investigación de prácticas desleales de comercio internacional, en discriminación de precios en importaciones temporales y definitivas, de lámina rolada en frío, que ingresen por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, originarias de China, independientemente del país de procedencia.
El 19 de diciembre de 2013 Ternium solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones definitivas y temporales, y Altos Hornos de México (AHMSA) manifestó su apoyo a la solicitud.
Las empresas interesadas que comparecieron ante este procedimiento como productoras nacionales fueron Ternium y AHMSA; Como Importadoras comparecieron AOI Industries México, Broan Building Products-México, Compañía Manufacturera de Tubos, Fetasa Tijuana, Grupo Industrial Acerero, Miracero, Nueva Pytsa Industrial; Como Exportadoras comparecieron Baoshan Iron & Steel Beijing Shougang Cold Rolling y Tangshan Iron and Steel Group.
El 8 de diciembre de 2014 la Secretaría publicó en el DOF la Resolución preliminar de la investigación antidumping, a lo que determinó continuar con la investigación sin la imposición de una cuota compensatoria provisional.
A su vez la Secretaría convocó a las partes interesadas comparecientes para que presentaran los argumentos y las pruebas complementarias que estimaran pertinentes.
Ternium proporcionó para las proyecciones de importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, y confirmó que aumentarían 87% en 2014 con respecto a 2013 y 48% en 2015, lo que les permitiría incrementar en términos absolutos los volúmenes significativamente. A partir de estos resultados y de la proyección de Ternium del CNA de lámina rolada en frío, la Secretaría observó que la participación de mercado de las importaciones de China alcanzaría 5% en 2014 (2.5 puntos porcentuales más que en 2012) y 7% en 2015.
La Secretaría concluyó que debido al comportamiento creciente de las importaciones originarias de China en el periodo analizado, existen elementos suficientes que sustentan la probabilidad fundada de que en el futuro inmediato aumenten considerablemente las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, a un nivel que, dada la participación que registraron en el mercado nacional, continúen desplazando a las ventas, incrementen su participación en el mercado y causen daño a la rama de la producción nacional de lámina rolada en frío.
El análisis que realizó la Secretaría de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional, indica que la concurrencia de las importaciones originarias de China, en condiciones de discriminación de precios, incidió negativamente en indicadores de la misma, entre ellos, precios al mercado interno, utilización de la capacidad instalada y utilidades de operación que resultan de las ventas totales (ventas directas más autoconsumo) como las que derivan al considerar sólo ventas al mercado interno.
A su vez observó que las variables vinculadas con el autoconsumo, registraron un comportamiento negativo en la producción, empleo y salarios, así como los ingresos y utilidades de operación. Por consiguiente, aunque en el desempeño de la rama de producción nacional (mercado interno más autoconsumo) contribuyó el comportamiento del autoconsumo, éste no fue determinante en el deterioro registrado en las variables económicas y financieras de la rama de producción nacional, sino que dicho deterioro observado y el agravamiento del mismo, que daría lugar a un daño, está vinculado con el crecimiento de las importaciones investigadas y los bajos precios a que concurren al mercado nacional.
De acuerdo con el artículo 66 de la LCE, los importadores que conforme a la presente Resolución deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estarán obligados al pago de la misma si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China.
Por Verónica Flores