Aclara UE normas para demostrar el país de origen del proceso de fundición y vertido
2 de septiembre de 2026.- La Unión Europea ha aclarado los requisitos de documentación para demostrar el país donde se fundieron y vertieron por primera vez los productos de acero («fundición y vertido») al importarlos al bloque.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1963 de la Comisión, adoptado por la Comisión Europea el 28 de agosto de 2026, establece cómo se aplicará el nuevo requisito de transparencia, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.
Según la normativa, las empresas que importen determinados productos siderúrgicos a la UE deberán declarar el país de origen de la fundición durante los trámites aduaneros. La Comisión pretende mejorar la trazabilidad del acero que entra en la cadena de suministro de la UE y permitir un control más exhaustivo del origen del exceso de capacidad global de producción de acero.
Certificado de prueba de fábrica que servirá como documento principal
Con el nuevo sistema, el Certificado de Prueba de Fábrica (MTC, por sus siglas en inglés) servirá como documento principal para demostrar el país de origen del proceso de fundición y vertido. El MTC debe incluir tanto el país donde se fundió y vertió el acero como el número de colada del acero importado.
Sin embargo, la Comisión ha establecido un marco más flexible, teniendo en cuenta que el MTC no es un documento armonizado a nivel mundial y no fue diseñado específicamente para demostrar información de «fusión y vertido».
Si falta alguno de los datos requeridos en el MTC, se pueden utilizar como pruebas complementarias facturas, albaranes, certificados de calidad, órdenes de compra o contratos, declaraciones de proveedores a largo plazo, documentos de contabilidad de producción y costes, documentos aduaneros del país exportador, correspondencia comercial y descripciones de producción.
Se admiten documentos alternativos sin necesidad de un MTC.
Uno de los aspectos clave de la normativa es que se pueden utilizar documentos alternativos como prueba independiente durante el primer año cuando no se disponga de un Certificado de Transacción Multidistrital (MTC).
En consecuencia, durante el período de transición comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 30 de septiembre de 2027, si no se puede proporcionar un MTC, se podrá aceptar uno o más de los documentos enumerados anteriormente como prueba independiente, siempre que contengan información tanto sobre el país de «fusión y vertido» como sobre el número de lote.
Sin embargo, cuando se presentan documentos distintos a un Certificado de Transferencia de Mercancías (CTM), las autoridades aduaneras pueden verificar la exactitud de la información y la documentación justificativa. El acceso al contingente arancelario correspondiente puede demorarse hasta que se completen estas verificaciones.
Las importaciones podrán ser rechazadas si no se proporciona la documentación adecuada.
La Comisión considera que la falta de documentación que respalde al país declarado de origen del proceso de «fundición y vertido» con pruebas adecuadas y verificables constituye un incumplimiento de los requisitos de transparencia en las importaciones de acero.
Si no se declara la información requerida o no se pueden verificar las pruebas justificativas, las autoridades aduaneras pueden rechazar la importación. También se deberá declarar el país de origen del material fundido mediante los códigos de documento TARIC.
Se aplicarán normas más estrictas a partir de 2027.
La Comisión permite una gama más amplia de documentos durante el primer año para dar tiempo a las empresas a adaptarse al nuevo sistema. Sin embargo, a partir del 1 de octubre de 2027, se prevé que se reduzca el alcance de las pruebas admisibles.
La Comisión también mantendrá en revisión continua la lista de pruebas aceptables para el país de «fusión y vertido» y podrá modificar los requisitos de documentación siempre que sea necesario.
Los nuevos requisitos forman parte del régimen comercial más amplio de la UE, cuyo objetivo es abordar el exceso de capacidad mundial de producción de acero. Para la industria siderúrgica, los importadores deberán establecer procesos antes del 1 de octubre para garantizar que la información sobre el proceso de fundición y vertido, así como el número de colada, se obtenga de forma sistemática de los proveedores y se documente adecuadamente a lo largo de toda la cadena de suministro.
Reportacero