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Anuncia ArcelorMittal la emisión de 750 millones de euros

Luxemburgo, 14 de enero 2015 – ArcelorMittal anuncia la emisión de 750 millones de € 3,125 por ciento. Con vencimiento el 14 de enero 2022 (los «Bonos»).

Los bonos fueron emitidos bajo € 3 mil millones, mayorista Programa Euro Medium Term Notes de ArcelorMittal.

Los recursos de la emisión serán utilizados para propósitos corporativos generales.

En el comunicado hace referencia a esta nota importante:

Este comunicado de prensa no lo hace, y no podrá, en ninguna circunstancia, una oferta pública por ArcelorMittal de los bonos ni una invitación al público en relación con cualquier oferta.

No hay comunicación y no hay información con respecto a la emisión de los bonos serán distribuidos al público en ninguna jurisdicción donde se requiere un registro o aprobación.

No hay pasos han sido o van a ser tomada en cualquier jurisdicción donde se requieren tales medidas.

La oferta o compra de las notas pueden estar sujetas a restricciones legales o reglamentarias específicas en determinadas jurisdicciones.

ArcelorMittal no asume ninguna responsabilidad por cualquier violación de tales restricciones por cualquier persona.

Esta nota de prensa es un anuncio y no un prospecto en el sentido de la directiva 2003/71 / CE del parlamento Europeo y del consejo, de 04 de noviembre 2003 (modificada y como se aplica en cada estado miembro del espacio económico Europeo (los «Estados miembros»), el («Directiva de Folletos»).

El folleto de base del programa euro medium term mayorista € 3 mil millones de ArcelorMittal de fecha de 14 de marzo 2014 ( el «Folleto Base») (como se complementa con un suplemento de prospecto no. 1, de fecha 3 de junio del 2014 (el «Folleto Suplemento No. 1) y un suplemento de prospecto no. 2 de fecha 8 de enero de 2015 (el» Folleto Suplemento No . 2)) y los términos finales preparados por el emisor en relación con la emisión de los bonos han sido preparados sobre la base de que cualquier oferta de Bonos en cualquier estado miembro del espacio económico Europeo que haya transpuesto la directiva de folletos (cada uno, «Estado Miembro Relevante») se hará de conformidad con la exención prevista en la directiva de folletos, tal como se aplica en dicho estado miembro relevante, de la obligación de publicar un folleto para las ofertas de bonos.

En consecuencia, cualquier persona que realice o tenga la intención de realizar una oferta en ese estado miembro pertinente de bonos solamente podrá hacerlo en circunstancias en las que dicha obligación para emisor o los directores de la emisión conjunta que actúan en relación con la emisión de las obligaciones negociables a publicar un folleto de acuerdo con el artículo 3 de la directiva de folletos o de complementar un folleto en aplicación del artículo 16 de la directiva de folletos, en cada caso, en relación con dicha oferta.

El emisor y los directores de la emisión conjunta que actúan en relación con la emisión de los bonos no han autorizado la realización de ninguna oferta de bonos en ninguna otra circunstancia.

 

El folleto de base (complementado por el suplemento al folleto no. 1 y el suplemento no. 2 folleto) y los términos finales anteriormente mencionados se han presentado ante la financiadora comisión de supervisión del sector de Luxemburgo y en la bolsa de valores de Luxemburgo, respectivamente.

Por Verónica Flores

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