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Impone SE cuota antidumping a importaciones de ferromanganeso de Corea

11 de julio de 2016.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó hoy que la Secretaría de Economía impuso 35.64% cuota compensatoria provisional sobre las importaciones de ferromanganeso alto carbón originarias de la República de Corea, independientemente del país de procedencia.

La Secretaría de Economía comprobó que con base en el análisis integral de los argumentos y pruebas descritos en el expediente administrativo 23/15, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI), existen elementos suficientes que sustentan de manera preliminar que, durante el periodo investigado las importaciones de ferromanganeso originarias de Corea, se realizaron en condiciones de discriminación de precios y causaron daño material a la rama de producción nacional del producto similar.

El 20 de noviembre de 2015 Compañía Minera Autlán, solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional

Entre los principales elementos evaluados que sustentan esta conclusión, sin que estos puedan considerarse exhaustivos o limitativos, destacan los siguientes:

Las importaciones del producto objeto de investigación se efectuaron con un margen de discriminación de precios de 35.64%. En el periodo investigado dichas importaciones representaron el 73% de las importaciones totales.

Detalló que las importaciones originarias de Corea registraron un crecimiento de 247% en el periodo investigado. Su participación en relación con el CNA y la producción nacional aumentó 11 y 15 puntos porcentuales, respectivamente.

En el periodo analizado, en particular, en el periodo investigado, el precio promedio de las importaciones de ferromanganeso originarias de Corea, se ubicó 21% por debajo del precio de venta al mercado interno de la rama de producción nacional y 14% con relación al precio promedio de las importaciones de otros orígenes.

Con fundamento en el artículo 87 de la LCE, la cuota compensatoria se aplicará sobre el valor en aduana declarado en el pedimento correspondiente.

Por Verónica Flores

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