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Emite SE resolución final de cuota antidumping a importaciones de alambrón de hierro o acero de Ucrania

2 de Septiembre de 2016.- La Secretaria de Economía determinó imponer cuota antidumping a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear originarias de Ucrania, independientemente del país de procedencia.

En el expediente 17/15 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía se emitió la resolución final de la investigación antidumping de las importaciones que ingresan por las fracciones arancelarias 7213.91.01, 7213.91.02, 7213.99.01 y 7213.99.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.

Por lo que determina que se prorroga la vigencia por cinco años más, contados a partir del 19 de septiembre de 2015.

El 18 de septiembre de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping, mediante esta Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 30.52%.

A su vez, el 7 de marzo de 2012 se publicó la resolución final del segundo examen de vigencia y de la revisión de oficio determinó modificar la cuota compensatoria a 41% y mantenerla vigente por cinco años más.

El 4 de noviembre de 2014 publicó el aviso sobre la vigencia y que se eliminarían, el listado incluyó el alambrón de hierro o acero y por el DOF se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico.

Por lo que manifestaron su interés Deacero, Ternium, para que iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria.

Con base en el análisis la secretaría concluyó que existen elementos suficientes para determinar que la eliminación de la cuota compensatoria a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear originarias de Ucrania, daría lugar a la repetición de la práctica desleal.

Entre las afectaciones a la rama de producción nacional que podrían originar la eliminación de las cuotas compensatorias en 2016, con respecto a los niveles registrados en el periodo de examen, destacan disminuciones en producción con 7%, el volumen de producción para ventas con 9%, la producción orientada al mercado interno en un 6%, las ventas al mercado interno en un 8%, la participación de mercado con 7 puntos porcentuales en el CNA y 12 puntos en el consumo interno, la utilización de la capacidad instalada con 6 puntos porcentuales, el empleo en un 8% y las utilidades operativas de las ventas al mercado interno en 41%, como resultado de la reducción en los ingresos por ventas en un 11%, en tanto que los costos de operación caerían 9%. La afectación negativa continuaría en 2017 con respecto a la que se observaría en 2016.

Señala que Ucrania dispone de potencial de exportación de alambrón de hierro o acero sin alear considerablemente mayor al mercado nacional. Este indicador aumentó 3% de 2010 a 2014, al pasar de 2,561.9 a 2,626.3 miles de toneladas; este último volumen equivale a 1.2 veces la producción nacional y 1.3 veces el tamaño del CNA de 2014.

Detalla que Ucrania se encuentra entre los principales exportadores de alambrón de hierro o acero sin alear, toda vez que, durante el periodo 2010 a junio de 2015 sus exportaciones representaron el 11% de las exportaciones totales, ubicándose como el segundo exportador de dicho producto a nivel mundial.

Por Verónica Flores

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