Recomendación 41 de la CNDH: cumplimiento de laudos firmes
La CNDH indicó que la no ejecución de laudos firmes incide negativamente en la vida de las personas que pese a ser beneficiadas con este recurso, les afecta la inexistente ejecución, lo que viola sus derechos humanos, en particular el artículo primero de la Constitución.
De acuerdo con el organismo autónomo, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje recibió hasta 2018, cuatro mil 643 laudos que han causado estado, es decir, que son cosa juzgada, por lo que las autoridades deben cumplir con la sentencia en los plazos que determine la Ley.
“La Recomendación General 41 señala de manera puntual y precisa que, cuando un laudo adquiere el carácter de cosa juzgada, éste deberá ser cumplido en los plazos y términos que establece la Ley. Lo anterior acorde a derecho a la situación jurídica, mismo que comprende el principio de legalidad al encontrarse los poderes públicos sujetos al derecho y a las normas de derechos humanos”, subrayó Jorge Ulises Carmona Tinoco, sexto visitador general de la CNDH.
La recomendación incluye 20 puntos recomendatorios y está dirigida a los gobernadores y jefa de Gobierno, así como a los titulares de dependencias federales y estatales, al secretario de Hacienda y al Congreso de la Unión.
Entre los puntos que destacan está el que se deben realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento de laudos firmes pendientes así como coordinar las medidas necesarias para que las dependencias federales y locales, cuenten con recursos establecidos en su presupuesto.
La CNDH apuntó que de no contar con recursos presupuestados en el campo de laudos firmes, las dependencias deben realizar un esquema para el cumplimiento de pagos.
Carmona Tinoco señaló que la recomendación busca que se transite de lo burocrático a una perspectiva que considere los derechos humanos como un eje de acción y dignificar a los trabajadores vulnerados.
Por su parte, Plácido Morales Vázquez, magistrado presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, dijo que eló rgano analizará el documento y resolverán sobre la obligatoriedad de su cumplimiento y efectos.
“Para nosotros la recomendación 41 es significativa (…) de conjugar una justicia con rostro humano y en materia laboral pues hay mucho que perseguir del valor de la justicia”, concluyó.
(Notimex)