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Sindicato Minero acusa a Gómez Urrutia de extorsionar a Grupo México

11 Dic 2019.- El secretario general del Sindicato Nacional Minero Metalúrgico FRENTE, Carlos Pavón Campos, señaló que el líder sindical Napoleón Gómez Urrutia, por años, se dedicó a extorsionar a Grupo México con cientos de millones de dólares, a cambio de evitar o levantar huelgas, además de que nunca se interesó por defender los derechos de los trabajadores.

En entrevista, el adversario de Gómez Urrutia aseguró que un ejemplo claro de la forma delictiva con la que actúa el senador por Morena es el caso de las huelgas en las minas de Cananea y Taxco.

Ahí antes de que se lograra la solución final de las mismas, “Napo pedía 100 millones de dólares por supuestos daños morales. ¿qué clase de justicia busca, si lo que buscó antes, y busca ahora, nunca ha sido para beneficio de los trabajadores sino para beneficio personal?”, preguntó Pavón Campos.

Frente a esa forma de liderar a los mineros sindicalizados, calificó como “sospechosa” la resolución emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo en favor del sindicato minero que dirige Napoleón Gómez Urrutia, mismo que pretende llevar a los trabajadores a una huelga a la cual se resisten en la mina de San Martín Sombrerete, Zacatecas.

“La resolución de que prevalezca el estatus de una huelga, parece obedecer a consignas sospechosamente políticas, bajo el amparo del gobierno Federal pues de otra forma no se entiende que se mande a los trabajadores al desempleo”, apuntó el secretario General del llamado FRENTE.

La resolución del órgano colegiado instruye también a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) dejar insubsistente un laudo de fecha 2 de abril de 2019 y le pide que emita uno nuevo, en el que determine que no se puede conformar el padrón de trabajadores con derecho a voto, para desahogo de la prueba de recuento y con documentos relacionados hasta junio de 2007.

Por ello, Carlos Pavón señaló que sus dudas sobre la legalidad de la resolución son fundadas, porque fue emitida por los magistrados del Primer Tribunal Colegiado, Rosa María Galván Zárate, Jorge Rafael Olivera Toro y María de Lourdes Juárez Sierra, sin tomar en cuenta diversas pruebas.

Concluyó que los representantes del Poder Judicial tampoco consideraron lo establecido por la Ley de Amparo, que a la letra dice que un juicio de amparo es improcedente “contra actos consumados de modo irreparable” como los que derivaron en la reapertura de la mina desde 2018.

(Notimex)

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