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Excedio Trump facultades al imponer aranceles bajo Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional

20 de febrero de 2026.- El 4 de febrero del 2025, Trump anunció su primer arancel del 10% hacia China y del 25% hacia Canadá y México bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA por sus siglas en inglés).

El arancel hacia México y Canadá fueron pausados por un mes más y entraron en vigor el 4 de marzo. El 6 de marzo, Trump anunció que quedarían exentos los bienes enviados bajo el T-MEC.

El 2 de abril, llamado por Trump como “Día de la Liberación”, se anunciaron los aranceles recíprocos del 11% al 50% para una lista de países específicos y de 10% para el resto, con excepción de México y Canadá, países que fueron excluidos de los aranceles recíprocos.

Estos aranceles quedaron respaldados por la IEEPA, la Ley de Emergencias Nacionales, la facultad del presidente de imponer aranceles recíprocos (Sección 604) y aranceles en contra de prácticas desleales de comercio (Sección 301).

El 14 de abril, se presentó una demanda en contra de la administración de Trump ante el Tribunal de Comercio Internacional de EEUU, el cual voto por unanimidad en contra de los aranceles.

El 3 de septiembre, la Casa Blanca solicitó a la Suprema Corte que revise el caso.

El 20 de febrero, la Suprema Corte reveló sus conclusiones sobre la disputa.

Resolución:

  1. La Suprema Corte dictaminó con 6 votos a favor y 3 en contra que Trump se excedió en sus competencias al invocar IEEPA para imponer sus aranceles “recíprocos” en todo el mundo.
  2. El presidente no puede imponer aranceles bajo IEEPA. 3. Los demás aranceles se mantienen sin cambios, debido a que no entraron bajo IEEPA.

Los aranceles que se eliminan son: -25% general a México -35% general a Canadá -10% general a China -aranceles recíprocos a diferentes países anunciados en el Día de la Liberación y modificados después.

Esto implica un impacto para los ingresos tributarios, ya que, en el año fiscal del 2025, se ingresó un total de 194,866 millones de dólares por los aranceles, equivalente al 3.72% de los ingresos totales del año fiscal.

Además, se espera que los aranceles tengan que ser devueltos, presionando fuertemente a las finanzas públicas de Estados Unidos.

Cabe recordar que la Oficina de Presupuesto del Congreso de Estados Unidos (CBO) estimaba que los ingresos derivados de los aranceles podrían reducir el déficit fiscal en aproximadamente 3 billones de dólares en los próximos 10 años.

Respuesta desde la Casa Blanca Donald Trump anunció que impondrá el arancel global en 10% bajo la Sección 122, sin especificar si el arancel se añadiría a los aranceles actuales o se comportará como los aranceles recíprocos.

Esto genera incertidumbre sobre la posición de México bajo los nuevos aranceles, ya que, con IEEPA, estaba libre de arancel lo que cumplía con T-MEC.

En diciembre, el 86.84% de las importaciones hechas desde México cumplieron con el T-MEC. Sección 122 (Aranceles para resolver problemas de la Balanza de Pagos)

El presidente debe determinar que hay un alto déficit de la balanza de pagos. Puede imponer, por un periodo no mayor a 150 días, aranceles de hasta 15% a las importaciones para países seleccionados. No se necesita una investigación, el presidente tiene la autoridad para imponerlos. Su entrada en vigor es inmediata.

 

 

Reportacero

 

 

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