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Explica CAINTRA impactos de Reforma a Ley Laboral

11 de febrero de 2021.- Las reformas laborales provocan impacto en las relaciones con los sindicatos, la conciliación obligatoria, el brindar un medioambiente laboral sin discriminación, los beneficios de indemnizaciones, el uso de los CFDI, y las recisiones de las relaciones laborales, dijo Onésimo Reyna Álvarez al participar en el seminario web de capacitación laboral de CAINTRA “Principales cambios en la gestión del capital humano en base a las Reformas Laborales”.

Con relación a la prevención de la discriminación indicó que la empresa está obligada a implementar un protocolo para prevenir la discriminación de razones de género, acoso sexual y de trabajo forzoso e infantil, de conformidad con lo establecido por la NMX 025 y la NOM 035 STPS 2018.

Explicó que contra el maltrato laboral se debe de empoderar al colaborador, y brindarle un adecuado sistema de denuncia, como lo señala la NOM 035.

Por su parte Brenda Ramos indicó que en la prevención de la discriminación y violencia de genero se debe de implementar una cultura de la asertividad, realizar campañas internas contra el maltrato, Aplicar el Reglamento Interno de Trabajo, RIT, cuando ocurra una solución de maltrato, utilizar mecanismos de denuncia, y capacitar al personal para que haga valer sus derechos.

Con relación a las modificaciones por el home office, teletrabajo, Ramos indicó que los empleadores deben asumir de forma proporcional los costos de energía eléctrica, internet y celular del trabajador, instalar y brindar mantenimiento a equipos de cómputo, y, de sumo importancia, garantizar el derecho al trabajador de desconectarse de su trabajo.

Resaltó que los empleadores deben preservar los datos personales de los trabajadores y proteger su derecho a la intimidad. Asimismo, indicó, los haberes de los colaboradores no podrán reducirse por realizar sus actividades de forma remota, y se deberán establecer mecanismos de asesoría y capacitación.

Los colaboradores en contraparte deberán cuidar los equipos provistos por el empleador, informar los costos de electricidad e internet, y cumplir con las políticas de protección de datos sensibles, así como atender las disposiciones de salud y seguridad, atendiendo a los mecanismos de supervisión, sin que este viole su intimidad.

Con relación a los expedientes de que las empresas deben mantener de sus trabajadores Reyna Álvarez indicó que deberán contener al menos:

Currículum

Acta de nacimiento

IFE

Un comprobante de domicilio (actualizado anualmente)

Constancias educativas

Cartas de recomendación

Hoja Rosa del IMSS

CURP

A lo que se debe añadir también:

El resultado de la investigación de las referencias

Exámenes médicos

Resultados de evaluaciones psicológicas

Entrevistas internas

Alta del IMSS

Reglamento interno de trabajo firmado

Contrato de trabajo firmado

Y finalmente para tener un expediente laboral robusto se deben añadir:

Resultados de evaluaciones de desempeño

Formato DC3 STPS

Constancias de capacitación laboral

Plan de vida y carrera del trabajador

Actas administrativas

Comprobantes de pago

Respecto al Outsourcing, Reyna Álvarez dijo que por el momento la revisión en la Cámara de Diputados fue postergada hasta el 1 de septiembre, por lo que por el momento no hay cambios, pero destacó la diferencia entre el outsourcing, que es emplear a un proveedor externo como colaborador, y el insourcing, que es la creación de una empresa para brindar servicio a un conglomerado de empresas hermanadas bajo una matriz.

Destaco que el outsourcing no puede abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollan en un centro de trabajo, debe justificarse por su calidad de ser trabajo especializado, no pude comprender trabajos similares a los desarrollados al interior de la empresa.

Previno en el sentido de que tercerizar con empresas que no cumplan con la ley vulnera los derechos de los trabajadores y crea problemas legales y fiscales.

“De acuerdo con las estadísticas, la tercerización representa oportunidades de trabajo para cinco millones de personas en México, pero sólo el 40% de las empres y 4% de los trabajadores en tal esquema pagan impuestos y cumplen la Ley Federal del Trabajo”.

Justo Espriella por su parte indicó que el nuevo sistema de Justicia Laboral y el Centro Federal de Conciliación y Registro Federal, tiene como facultad el registro de organizaciones sindicales, contratos colectivos, reglamentos interiores de trabajo y aprobación de trabajo fuera de México y actúa como conciliador.

Añadió que como autoridad registral iniciará sus operaciones el 1 de mayo de 2021, mientras que como conciliador lo hará el 1 de mayo de 2023.

Reyna Álvares añadió que Centros de conciliación de las entidades federativas, de competencia local, iniciarán sus funciones el 1 de mayo de 2022.

En el Nuevo sistema de Justicia Laboral, dijo, se eliminan las juntas de conciliación, y serán los tribunales federales o locales especializados en materia laboral quienes asumirán sus funciones, a partir del 1 de mayo de 2022 los locales y de 2023 los federales.

 

 

Reportacero

 

 

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