Corte admite acciones de inconstitucionalidad contra “Ley garrote»
Los recursos fueron interpuestos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el partido Movimiento Ciudadano y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tabasco para impugnar la llamada «Ley Garrote», mismos que fueron radicadas en los expedientes 91, 92 y 93/2019.
Sin embargo, el ministro Fernando Franco Salas negó suspension que solicitó la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con el argumento de que la admision del recurso no dara lugar a la suspension de la norma cuestionada.
En ese contexto, la llamada «Ley garrote» se mantendrá vigente hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación defina su constitucionalidad.
Asimismo, ordenó dar vista a los poderes Legislativo y Ejecutivo de Tabasco para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del dia siguiente en que surta efectos la notificacion.
Ello, luego que en la acción que interpuso Movimiento Ciudadano argumentó que las reformas al Codigo Penal de Tabasco son de naturaleza electoral.
Por ese motivo, el ministro José Fernando Franco González Salas también solicitó al Instituto Nacional Electoral (INE) para que en el plazo de tres dias habiles envie al alto tribunal copia certificada del estatuto vigente de Movimiento Ciudadano, asi como de la certificacion de su registro vigente, y precise quiénes eran sus representantes al momento de la presentacion de la acción de inconstitucionalidad.
Además, solicitó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco para que en los próximos tres días hábiles informe a la Suprema Corte cuándo inicia el próximo proceso electoral en la entidad.
Asimismo, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le dio un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente en que surta efectos la notificación, para que exprese por escrito su opinión en relación con la mencionada acción de inconstitucionalidad.
La reforma al Código Penal de Tabasco sanciona hasta con 20 años de cárcel a quien efectúe movilizaciones y protestas que impidan la ejecución de obras públicas o privadas que cuenten con autorización para su ejecución.
(Notimex)