IVA a importaciones temporales, las dos caras de la moneda
Por Arcadio Herrera
Una de las propuestas de la reforma fiscal presentada por el Ejecutivo que ha generado discusiones es la referente a la aplicación de IVA a las importaciones temporales.
En base a la experiencia tenida en el marco de la cooperación entre el sector siderúrgico y la autoridad aduanera hemos aprendido que muchas empresas importan temporalmente mercancías sin pagar el IVA y éstas no son exportadas directa o indirectamente, lo que contraviene el espíritu y las disposiciones legales al respecto.
En la actualidad la mayoría de las mercancías que son insumos para la producción industrial se encuentran libres de arancel o éste es muy bajo, sin embargo el IVA representa un arancel de facto, del 16 por ciento para los importadores que se encuentran en una situación fiscal irregular, ya que difícilmente podrán recuperarlo, considerando su situación irregular.
Lo anterior conlleva una enorme evasión fiscal y constituye una competencia desleal para los productores nacionales y para los importadores que cumplen con las disposiciones legales al respecto.
Por lo anterior, resulta lógico que la SHCP proponga aplicar IVA a las importaciones temporales, lo que disminuiría la evasión fiscal (se recurriría a la subvaluación) y se limitaría la competencia desleal; esta es una cara de la moneda.
Pero en la otra cara de la moneda se encuentran las industrias nacionales en situación fiscal regular que requieren efectuar importaciones temporales para producir artículos de exportación; al tener que pagar el IVA por sus importaciones temporales. Si bien podrían recuperar el IVA al exportar sus productos, incurrirían en un costo financiero y administrativo mayor que les restaría productividad.
Todos los países con los que México compite no aplican IVA u otros impuestos locales similares a sus importaciones temporales, al restarle productividad a las exportadores nacionales de acuerdo a lo expuesto en el párrafo anterior, éstos competirían en desventaja, trayendo consigo consecuencias negativas en la economía y el bienestar de la población.
Pero hay soluciones para se combata la ilegalidad sin perjudicar a los importadores temporales cumplidos. Una de éstas ya está vigente, es el esquema de empresas certificadas. Este esquema da facilidades a los importadores cumplidos y se otorga de acuerdo a requisitos estrictos que seguramente los importadores ilegales no cumplirán, pero si los que son cumplidos, que compiten con calidad, innovación, productividad y no en base a ilegalidades.
Este esquema podría revisarse para que sirva de manera efectiva para impedir ilegalidades sin restar competencia a los importadores cumplidos.
linkdln Arcadio Herrera Alayola, Experto en Comercio Exterior y Director de Consultoría de Empresas.