Colaborador Invitado

“El que nada debe, nada teme”

Por María Dolores Ortega

Mi estimado contribuyente, más te valdría andar derechito con “Lolita”, de lo contrario en 2020 te puede dar un gran susto “Dolores”.

No pretendo atemorizarlo, pero, si advertirle que el fisco federal a partir del próximo año podría disponer de más armas para combatir la evasión, el fraude y el abuso fiscal.

Por un lado, están las nuevas disposiciones en materia fiscal que presentó al Congreso de la Unión en el Paquete Económico 2020, y por otro, las reformas a diversas Leyes ya aprobadas en el Senado que equiparan el delito de defraudación fiscal al de crimen organizado.

Verdaderamente, la autoridad fiscal federal quiere dar una batalla a los que evaden, a los que defraudan a las arcas públicas.

Y no es para menos, el monto de defraudación fiscal es estratosférico si tan solo contabilizamos a las 9,000 empresas fantasmas creadas de 2014 a 2018, quienes de acuerdo a investigaciones del propio fisco federal cada una emite facturas de operaciones inexistentes para alrededor de 50 empresas con un promedio de facturación de $5,000,000 para cada una, ¿ya hizo la cuenta?

El Congreso de la Unión está a punto de dotar al Servicio de Administración Tributaria de facultades que desincentiven, obstaculicen, castiguen y sancionen a los evasores.

Y se enfocará en atacar la compra-venta de facturas de operaciones simuladas o inexistentes.

El fisco prepara sus armas para combatir ambos lados, tanto la expedición de facturas de operaciones inexistentes, como contra quienes las compran y las hacen deducibles.

Le advierto que las modificaciones a las leyes Federal contra la Delincuencia Organizada, así como de Seguridad Nacional y los códigos Nacional de Procedimientos Penales, Fiscal de la Federación y Penal Federal, que aprobó el Senado con 82 votos a favor, incluye penas de cárcel por hasta 8 años contra la defraudación fiscal.

Respecto, al Paquete Económico 2020, por citarle una de las tantas disposiciones propuestas es la aplicación de multas de hasta el 75% del valor de cada comprobante fiscal que deduzca, procedente de una operación inexistente.

Hasta este año, según el artículo 84 fracción tercera, el valor actual de la multa por registrar gastos inexistentes puede ser de $330 a $6,070.

Prevé más responsabilidades, cuando una empresa sea liquidada y presente el aviso de inicio de liquidación y de cancelación del RFC, los liquidadores, síndicos y hasta el director general o el administrador único serán responsables solidarios del pago de las contribuciones.

Incluso, propone sanciones para quienes publicitan a empresas facturadoras de operaciones inexistentes.

Propone establecer como supuesto de infracción, cuya responsabilidad recae sobre terceros, permitir o publicar a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados. La sanción aplicable sería de $54,200 a $85,200.

Estimados contribuyentes, lo que acabo de compartirle es sólo una probadita de lo que prepara la autoridad fiscal federal para el 2020, para dar batalla a los evasores.

Así que si nada debe, nada teme.

Pero, si no está libre de pecado, pues, a corregirse, a enmendar su camino, nunca es tarde.

No podemos exigir, cuando no cumplimos.

 

La Lic. Ortega Paredes es Economista de la UANL; tiene Maestría en Negocios-Finanzas de la UMM; ex Asesora Económica Sector Patronal de CONASAMI 2015-2019; laboró de Periodista 15.5 años en Grupo Reforma, El Norte; Conferencista y Analista de temas económicos; Consultora en Finanzas Personales y de Pensiones; Columnista del portal ExpertoPyme.com.

Publicaciones relacionadas

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba