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México prolonga cuotas a la lámina rolada en caliente de Rusia y Ucrania por cinco años

Economía mantiene cuotas de 21% para Rusia y 25% para Ucrania; el procedimiento fue solicitado por Ternium México y ArcelorMittal México, que manifestaron su interés en que la Secretaría revisara la vigencia de las cuotas antes de su vencimiento.

Monterrey.- La Secretaría de Economía decidió mantener durante otros cinco años las cuotas compensatorias a las importaciones de lámina rolada en caliente originarias de Rusia y Ucrania, al concluir que su eliminación podría provocar el regreso de embarques en condiciones de dumping y repetir el daño a la industria nacional.

La resolución establece una cuota de 21% para las importaciones provenientes de Rusia y de 25% para las originarias de Ucrania, medidas que estarán vigentes por cinco años adicionales a partir del 29 de marzo de 2025.

La decisión llega en un mercado en el que la Secretaría identificó una capacidad exportadora considerable por parte de ambos países. De acuerdo con el análisis oficial, Rusia y Ucrania acumularon una capacidad libremente disponible de 14.6 millones de toneladas al cierre del periodo de examen, equivalente a más de dos veces la producción nacional mexicana de lámina rolada en caliente y 1.5 veces el tamaño del mercado nacional.

El potencial exportador conjunto también alcanzó 17.8 millones de toneladas, más de dos veces el consumo nacional aparente y la producción mexicana durante el periodo de examen.

La Secretaría señaló además que Rusia y Ucrania representaron conjuntamente 7.5% de las exportaciones mundiales de los productos analizados entre 2020 y 2024. Aunque sus exportaciones disminuyeron 49% durante ese periodo, todavía alcanzaron 3.3 millones de toneladas, volumen equivalente a alrededor de la mitad de la producción nacional mexicana y del consumo nacional aparente durante el periodo de examen.

Riesgo para productores mexicanos

El procedimiento fue solicitado por Ternium México y ArcelorMittal México, que manifestaron su interés en que la Secretaría revisara la vigencia de las cuotas antes de su vencimiento. Ambas empresas participaron como productoras nacionales en el procedimiento.

La investigación concluyó que existen elementos suficientes para considerar que, si las cuotas fueran eliminadas, se repetiría el dumping en las exportaciones de lámina rolada en caliente de Rusia y Ucrania hacia México.

La autoridad también determinó que los precios a los que podrían ingresar esas mercancías presionarían los precios internos y obligarían a los productores nacionales a reducir sus cotizaciones para competir con las nuevas importaciones.

El impacto proyectado no sería menor. En el escenario contrafactual de eliminación de las cuotas, la Secretaría estimó para 2026 una caída de 7.4% en la producción, de 14% en la producción destinada a ventas, de 7.5% en la producción orientada al mercado interno y de 13.6% en las ventas nacionales.

También calculó una reducción de 4.5 puntos porcentuales en la utilización de la capacidad instalada, así como descensos de 7.4% en empleo y salarios. La participación de mercado disminuiría 6.4 puntos porcentuales en el consumo nacional aparente y 9.7 puntos en el consumo interno.

El efecto financiero sería todavía más pronunciado: los ingresos por ventas al mercado interno caerían 26%, mientras que la utilidad operativa disminuiría 246%. El margen operativo pasaría de 4% en un escenario con las cuotas vigentes a -8% si fueran eliminadas, una diferencia de 12 puntos porcentuales.

Un mercado bajo presión internacional

La Secretaría también tomó en cuenta que las exportaciones de lámina rolada en caliente de Rusia y Ucrania enfrentan medidas de remedio comercial en diversos mercados, entre ellos Australia, Canadá, la Unión Europea, India, Indonesia, Corea, Sudáfrica, Tailandia, Turquía, Estados Unidos y Reino Unido.

En el caso de Rusia, además, la autoridad consideró las restricciones comerciales derivadas del conflicto con Ucrania como un factor que podría favorecer la reorientación de embarques hacia mercados con menores barreras de acceso.

El producto sujeto a las cuotas es lámina rolada en caliente sin alear y aleada con contenido de boro igual o superior a 0.0008%, de ancho igual o superior a 600 milímetros y espesor inferior a 4.75 milímetros. Se utiliza como materia prima en sectores como construcción, automotriz, línea blanca, metalmecánica y maquinaria, además de servir como insumo para fabricar lámina rolada en frío.

La resolución, emitida por la Secretaría de Economía, declara concluido el procedimiento de examen y ordena mantener las cuotas durante cinco años más. La medida entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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