Economia y Politica

Multan a funcionarios con 90 días de salario, por adquisición de cobertores

1 de octubre de 2016.- Informa Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado que multa a funcionarios que participaron en licitación será con base en sus percepciones.

Con base en los resultados de la auditoría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado decidió imponer una sanción económica de 90 días de sus salarios a Rogelio Benavides Pintos y a Gonzalo Padilla Orozco, servidores públicos encargados de la adquisición de cobijas a la empresa Comercializadora Mirof, S. A. de C. V., en diciembre pasado.

El monto de la sanción aproximada sería de $274,000 pesos y $244,000 pesos, respectivamente, de acuerdo con el Artículo 72, fracción V, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios de Nuevo León.

Ese artículo de la Ley establece que corresponde al superior jerárquico aplicar las sanciones establecidas por motivo de responsabilidad de funcionarios de la dependencia a su cargo.

Esto se debe a que en el momento de la adquisición, ambos funcionarios prestaban sus servicios en la Subsecretaría de Administración, adscrita en ese tiempo a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.

Benavides Pintos era Subsecretario de Administración y Padilla Orozco está al frente de la Dirección de Adquisiciones.

“Por una interpretación errónea e involuntaria, el 15 de septiembre se dio a conocer que la sanción sería de 100 días de salario mínimo», dijo Carlos Garza Ibarra, titular de la Tesorería.

“Sin embargo, al avanzar el trámite legal, nuestros abogados precisaron que la cantidad que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos es de 90 días de la percepción diaria de los funcionarios mencionados”.

Expresó que con base en la auditoría practicada, la Subprocuraduría Anticorrupción determinó que los funcionarios sancionados no tuvieron un lucro o beneficio personal, ni causaron daño patrimonial en perjuicio del erario público.

Además, la Subprocuraduría informó que la empresa Comercializadora Mirof S. A. de C.V. entregó a la Secretaría de Desarrollo Social 60,000 cobertores para resarcir el daño causado al erario.

Con base en ello y tomando en consideración las irregularidades detectadas, que no fueron justificadas, la Tesorería General del Estado determinó aplicar la sanción económica máxima que establece la Ley de Responsabilidades en su artículo 57, fracción IV.

“Cuando se trate del incumplimiento de las obligaciones a cargo del servidor público que establece el artículo 50 de esta ley, que no implique lucro o beneficio personal ni daño o perjuicio al erario público estatal o municipal o al patrimonio de sus respectivos organismos del sector paraestatal, se impondrá el apercibimiento o la amonestación o una multa de hasta noventa veces la percepción diaria del empleo, cargo o comisión del servidor público)».

 

Garza Ibarra dijo que la precisión en cuanto a los montos se enmarca en las acciones que hace el Gobierno del Estado para castigar con las sanciones máximas que le permita la ley a los funcionarios públicos que cometan irregularidades en el desempeño de su labor.

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