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Notifica Worldsteel sobre nuevas fichas informativas del Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono de la UE

8 de noviembre de 2024.- Worldsteel informó sobre nuevas fichas informativas del Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono, CBAM, para productores de países no pertenecientes a la Unión Europea, UE.

Los productores de hierro y acero transmitirán información a los importadores de la UE. También se podrá acceder a seminarios web, sesiones informativas y módulos de aprendizaje electrónico.

El cambio climático es un problema global que necesita soluciones globales . A medida que la UE aumenta su propia ambición climática y mientras prevalezcan políticas climáticas menos estrictas en muchos países no pertenecientes a la UE, existe el riesgo de que se produzca la llamada » fuga de carbono «. La fuga de carbono se produce cuando las empresas con sede en la UE trasladan la producción intensiva en carbono a países donde existen políticas climáticas menos estrictas que en la UE, o cuando los productos de la UE son reemplazados por importaciones con mayor intensidad de carbono.

Asociación de Ambulancias Canadienses

El Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM) de la UE es la herramienta de la UE para fijar un precio justo al carbono emitido durante la producción de bienes intensivos en carbono que ingresan a la UE y para fomentar una producción industrial más limpia en países no pertenecientes a la UE.

Al confirmar que se ha pagado un precio por las emisiones de carbono incorporadas generadas en la producción de determinados bienes importados a la UE, el CBAM garantizará que el precio del carbono de las importaciones sea equivalente al precio del carbono de la producción nacional y que no se socaven los objetivos climáticos de la UE. El CBAM está diseñado para ser compatible con las normas de la OMC.

El CBAM se aplicará en su régimen definitivo a partir de 2026, mientras que la fase de transición actual durará entre 2023 y 2025. Esta introducción gradual del CBAM está alineada con la eliminación progresiva de la asignación de derechos de emisión gratuitos en el marco del Sistema de Comercio de Emisiones de la UE (ETS) para apoyar la descarbonización de la industria de la UE.

Régimen definitivo del CBAM (a partir de 2026)

Los importadores de la UE de bienes cubiertos por el CBAM se registrarán ante las autoridades nacionales, donde también podrán comprar  certificados CBAM.  El precio de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE expresado en euros por tonelada de CO2 emitida  .

Los importadores de la UE  declararán las emisiones incorporadas a sus importaciones y entregarán  el número correspondiente de certificados cada año.

Si los importadores pueden demostrar que ya se ha pagado un precio del carbono  durante la producción de los bienes importados, se podrá deducir el importe correspondiente.

Fase de transición del CBAM (2023 – 2025)

El 1 de octubre de 2023, el CBAM entró en vigor en su fase transitoria, y el primer período de presentación de informes para los importadores finalizó el 31 de enero de 2024. La introducción gradual del CBAM permite una  transición cuidadosa, predecible y proporcionada para las empresas de la UE y de fuera de la UE , así como para las autoridades públicas.

El CBAM se  aplicará inicialmente a las importaciones de determinados bienes y precursores seleccionados  cuya producción es intensiva en carbono y presenta un riesgo significativo de fuga de carbono:  cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno . Con este alcance ampliado, el CBAM eventualmente, cuando se haya implementado por completo, capturará más del 50% de las emisiones en los sectores cubiertos por el RCDE. El objetivo del período de transición es servir como un período piloto y de aprendizaje para todas las partes interesadas (importadores, productores y autoridades) y recopilar información útil sobre las emisiones incorporadas para refinar la metodología para el período definitivo.

Durante este período, los importadores de bienes incluidos en el ámbito de aplicación de las nuevas normas solo tendrán que informar sobre las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) incorporadas a sus importaciones (emisiones directas e indirectas), sin necesidad de comprar y entregar certificados. Las emisiones indirectas quedarán incluidas en el ámbito de aplicación después del período transitorio para algunos sectores (cemento y fertilizantes), sobre la base de una metodología definida que se describe en el Reglamento de Ejecución publicado el 17 de agosto de 2023 y sus orientaciones complementarias.

El Reglamento de Ejecución sobre los requisitos y la metodología de presentación de informes prevé cierta flexibilidad en lo que respecta a los valores utilizados para calcular las emisiones incorporadas en las importaciones durante la fase transitoria. Hasta finales de 2024, las empresas tendrán la opción de presentar sus informes de tres maneras: a) presentación completa de informes según la nueva metodología (método de la UE); b) presentación de informes basada en un método equivalente (tres opciones); y c) presentación de informes basada en valores de referencia predeterminados (solo hasta julio de 2024).

A partir del 1 de enero de 2025 se introducirán varios cambios:

En lo que respecta a la presentación de informes, solo se aceptará el método de la UE. En el caso de los bienes complejos, solo se podrán utilizar estimaciones (incluidos los valores por defecto) si representan menos del 20 % de las emisiones totales incorporadas. La Comisión  publicó los valores por defecto  el 22 de diciembre de 2023.  Este informe  del Centro Común de Investigación (CCI) de la UE sirvió de base para la preparación de dichos valores por defecto.

Además, una nueva sección del portal del Registro CBAM permitirá a los operadores de instalaciones fuera de la UE cargar y compartir sus datos de instalaciones y emisiones con los declarantes de una manera simplificada, en lugar de enviarlos a cada declarante por separado. El portal permitirá a los operadores garantizar el tratamiento confidencial de los datos comerciales sensibles. Los declarantes podrán entonces rellenar automáticamente sus informes CBAM con estos datos de emisiones para cumplir con su obligación de informar. El registro para operadores de instalaciones se abrirá a partir del 1 de enero de 2025.

Por último, los declarantes CBAM podrán solicitar el estatus de «declarante autorizado CBAM» a través del Registro CBAM. Su solicitud será tramitada por la Autoridad Nacional Competente del Estado miembro de la UE en el que estén establecidos. Este estatus será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para la importación de mercancías CBAM en el territorio aduanero de la UE.

Antes de la entrada en vigor del sistema definitivo, se concluirá una revisión del funcionamiento del mecanismo de compensación de emisiones durante su fase de transición. Al mismo tiempo, se revisará el alcance de los productos para evaluar la viabilidad de incluir en el ámbito de aplicación del mecanismo de compensación de emisiones otros bienes producidos en sectores cubiertos por el RCDE UE, como determinados productos derivados y aquellos identificados como candidatos adecuados durante las negociaciones. El informe incluirá un calendario que establezca su inclusión de aquí a 2030.

Fase de transición del CBAM (2023 – 2025)

El 1 de octubre de 2023, el CBAM entró en vigor en su fase transitoria, y el primer período de presentación de informes para los importadores finalizó el 31 de enero de 2024. La introducción gradual del CBAM permite una  transición cuidadosa, predecible y proporcionada para las empresas de la UE y de fuera de la UE , así como para las autoridades públicas.

El CBAM se  aplicará inicialmente a las importaciones de determinados bienes y precursores seleccionados  cuya producción es intensiva en carbono y presenta un riesgo significativo de fuga de carbono:  cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno . Con este alcance ampliado, el CBAM eventualmente, cuando se haya implementado por completo, capturará más del 50% de las emisiones en los sectores cubiertos por el RCDE. El objetivo del período de transición es servir como un período piloto y de aprendizaje para todas las partes interesadas (importadores, productores y autoridades) y recopilar información útil sobre las emisiones incorporadas para refinar la metodología para el período definitivo.

Durante este período, los importadores de bienes incluidos en el ámbito de aplicación de las nuevas normas solo tendrán que informar sobre las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) incorporadas a sus importaciones (emisiones directas e indirectas), sin necesidad de comprar y entregar certificados. Las emisiones indirectas quedarán incluidas en el ámbito de aplicación después del período transitorio para algunos sectores (cemento y fertilizantes), sobre la base de una metodología definida que se describe en el Reglamento de Ejecución publicado el 17 de agosto de 2023 y sus orientaciones complementarias.

El Reglamento de Ejecución sobre los requisitos y la metodología de presentación de informes prevé cierta flexibilidad en lo que respecta a los valores utilizados para calcular las emisiones incorporadas en las importaciones durante la fase transitoria. Hasta finales de 2024, las empresas tendrán la opción de presentar sus informes de tres maneras: a) presentación completa de informes según la nueva metodología (método de la UE); b) presentación de informes basada en un método equivalente (tres opciones); y c) presentación de informes basada en valores de referencia predeterminados (solo hasta julio de 2024).

A partir del 1 de enero de 2025 se introducirán varios cambios:

En lo que respecta a la presentación de informes, solo se aceptará el método de la UE. En el caso de los bienes complejos, solo se podrán utilizar estimaciones (incluidos los valores por defecto) si representan menos del 20 % de las emisiones totales incorporadas. La Comisión  publicó los valores por defecto  el 22 de diciembre de 2023.  Este informe  del Centro Común de Investigación (CCI) de la UE sirvió de base para la preparación de dichos valores por defecto.

Además, una nueva sección del portal del Registro CBAM permitirá a los operadores de instalaciones fuera de la UE cargar y compartir sus datos de instalaciones y emisiones con los declarantes de una manera simplificada, en lugar de enviarlos a cada declarante por separado. El portal permitirá a los operadores garantizar el tratamiento confidencial de los datos comerciales sensibles. Los declarantes podrán entonces rellenar automáticamente sus informes CBAM con estos datos de emisiones para cumplir con su obligación de informar. El registro para operadores de instalaciones se abrirá a partir del 1 de enero de 2025.

Por último, los declarantes CBAM podrán solicitar el estatus de «declarante autorizado CBAM» a través del Registro CBAM. Su solicitud será tramitada por la Autoridad Nacional Competente del Estado miembro de la UE en el que estén establecidos. Este estatus será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para la importación de mercancías CBAM en el territorio aduanero de la UE.

Antes de la entrada en vigor del sistema definitivo, se concluirá una revisión del funcionamiento del mecanismo de compensación de emisiones durante su fase de transición. Al mismo tiempo, se revisará el alcance de los productos para evaluar la viabilidad de incluir en el ámbito de aplicación del mecanismo de compensación de emisiones otros bienes producidos en sectores cubiertos por el RCDE UE, como determinados productos derivados y aquellos identificados como candidatos adecuados durante las negociaciones. El informe incluirá un calendario que establezca su inclusión de aquí a 2030.

Registro Transitorio del CBAM – Enlace para importadores

El enlace proporcionado es accesible únicamente para los importadores que hayan sido debidamente registrados por las Autoridades Nacionales Competentes pertinentes.

Si aún no se ha registrado y desea acceder al registro, póngase en contacto con la autoridad competente en materia de competencias de su Estado miembro. De lo contrario, queda prohibido el acceso no autorizado al registro.

Los declarantes que presenten informes al CBAM encontrarán en el Manual de Usuario del Registro Transitorio del CBAM un archivo XSD que describe la estructura completa del informe trimestral del CBAM, así como un archivo ZIP de muestra, que se puede cargar en el Registro para completar automáticamente los datos del informe trimestral. Para mayor comodidad, el XSD y los archivos ZIP de muestra también se pueden descargar a continuación.

Además, la Comisión ha preparado un documento de orientación específico para los declarantes, que describe el funcionamiento y el uso paso a paso de las opciones de “solicitud de retraso” en el Registro Transitorio del CBAM.

El Registro Transitorio del CBAM se enriquece continuamente con actualizaciones y correcciones de TI (consulte el archivo adjunto a continuación para ver la última actualización).

Los declarantes del CBAM pueden utilizar este archivo XLS para facilitar la cumplimentación de los informes trimestrales del CBAM mediante archivos XML. El archivo XLS indica cuáles son los campos obligatorios/opcionales y proporciona los valores predefinidos que se permiten para campos específicos.

Además, la pestaña “ Glosario de mensajes de error ” proporciona orientación sobre cómo el usuario puede superar los mensajes de error de validación que se muestran cada vez que se activa una regla/condición de validación debido a un problema con los valores de campo completados/seleccionados por el usuario.

El acceso al registro transitorio del CBAM debe solicitarse a través de la autoridad nacional competente (ANC) del Estado miembro en el que esté establecido el importador.

La Comisión ha desarrollado una herramienta de autoevaluación del CBAM para los importadores a la UE. La herramienta ofrece a los importadores a la UE la posibilidad de obtener una visión general rápida de si los bienes importados están sujetos al CBAM durante el período transitorio, cuáles son los requisitos de presentación de informes del CBAM para ese tipo particular de bienes y dónde encontrar más información.

La Comisión Europea mantiene la herramienta para facilitar la aplicación del CBAM durante el período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2025. El objetivo es mantener la actualidad y la precisión de la herramienta y, si se nos advierten errores, intentaremos corregirlos. Sin embargo, la Comisión no asume ninguna responsabilidad con respecto a la información proporcionada por esta herramienta. No se puede garantizar que la herramienta reproduzca exactamente la legislación adoptada oficialmente. Solo el Diario Oficial de la Unión Europea (la edición impresa o, desde el 1 de julio de 2013, la edición electrónica en el sitio web EUR-Lex) es auténtico y produce efectos jurídicos.

La base de datos TARIC proporciona más información sobre las obligaciones aduaneras de los importadores a la UE .

Para ayudar a las partes interesadas a prepararse para las nuevas obligaciones de presentación de informes a partir del 1 de octubre de 2023, la Comisión Europea ha preparado documentos de orientación escritos para ayudar a navegar el período de transición (del 1 de octubre de 2023 al 31 de diciembre de 2025).

El documento de orientación sobre la implementación del CBAM para operadores de instalaciones fuera de la UE también está disponible en árabe ,  chino , hindi , coreano , ucraniano y turco .

Plantilla de comunicación CBAM: ejemplos

Ejemplos de plantilla de comunicación cumplimentada para cada sector: cemento, aluminio, fertilizantes, hidrógeno, acero (alto horno, horno de arco eléctrico, tornillos y tuercas).

La Comisión ha publicado la orientación sobre los valores predeterminados que se pueden utilizar para determinar las emisiones incorporadas en los bienes importados (excepto la electricidad) cubiertos por el CBAM.

Preguntas frecuentes

La Comisión ha preparado un documento de preguntas y respuestas que ofrece respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el CBAM. Este documento se actualizará continuamente:

Apoyo a los países en desarrollo

La Unión Europea se ha comprometido a apoyar a los países en desarrollo y a los países menos adelantados (PMA) en la aplicación del Marco Común de Acción, la ecologización de sus industrias y la transición a fuentes de energía renovables. La UE también se ha comprometido a ayudar a los países interesados ​​en introducir o mejorar sus sistemas de fijación de precios del carbono. El siguiente documento ofrece una visión general de la orientación y el apoyo técnico que ofrece la UE, así como de los programas de apoyo a la transición ecológica en los países en desarrollo y los PMA.

Información sectorial

La Comisión organizó una serie de seminarios web en línea, en los que se abordaron las características generales del CBAM, así como las particularidades de cada sector (siderurgia, aluminio, cemento, fertilizantes, electricidad e hidrógeno). Los detalles y las grabaciones de todos los seminarios web están disponibles a continuación y en el  Portal de aprendizaje de aduanas e impuestos de la UE .

Sesión informativa general del CBAM

Además, se ha puesto a disposición un módulo de nanoaprendizaje  que presenta el CBAM para los importadores y declarantes de aduanas de la UE y los operadores de terceros países .  En él se presentan el propósito y los objetivos del CBAM y las implicaciones para los importadores y declarantes, los principales criterios para la fijación de precios del CBAM, los seis sectores a los que se dirige el CBAM y las funciones y responsabilidades dentro del sistema de administración del CBAM, así como las prioridades de planificación, incluidos los hitos clave, y se explican los métodos de cálculo y los requisitos de presentación de informes.

 

 

Reportacero

 

 

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