Publica USIMINAS agenda de próxima junta extraordinaria de accionistas
a) los ajustes de redacción de los artículos 1 a 3;
(b) los ajustes en los artículos 5 y 6, para aclarar la redacción de dichos estatutos provisiones;
(c) los ajustes de redacción en el artículo 7 y la nueva redacción del artículo 8 y los respectivos párrafos, con el propósito de detallar mejor las reglas para la instalación y realización de las Juntas Generales de la Sociedad, incluso en relación con el elección del Presidente de las Juntas Generales, en caso de ausencia o impedimento del presidente del consejo de administración;
(d) los ajustes a los artículos 9 a 11 para hacer la redacción de estos estatutos disposiciones más claras;
e) las enmiendas al artículo 12 y sus párrafos, especialmente en lo que respecta a las normas para reemplazar al Presidente y otros miembros del Consejo de Administración en el caso de ausencia, impedimento o vacante y excluyendo la posibilidad de la misma persona que actúa como Presidente del Consejo de Administración y Jefe de la Compañía.
(f) los cambios en el artículo 13 y los respectivos artículos y párrafos, que se ocupan de materias de competencia del Consejo de Administración de la Sociedad, entre las que se encuentran inclusión de la autoridad para resolver sobre la composición del Comité de Conducta, aprobar el Código de ética y conducta y las políticas adicionales que forman Programa de Integridad de la Compañía, así como para nominar y despedir a los responsable del Departamento de Integridad.
(g) los ajustes en el artículo 14 y los párrafos respectivos, que se refieren a la procedimientos relacionados con el funcionamiento del Consejo de Administración de la Sociedad;
(h) los ajustes en el artículo 15 y los párrafos respectivos, incluso con respecto a las atribuciones, composición y funcionamiento del Comité de Auditoría;
(i) las enmiendas a los artículos 16 y 21, con la inclusión en los Estatutos de la nombres de todos los cargos que conforman la Junta de Directores de la Compañía;
(j) las enmiendas al artículo 17 y su párrafo único, que se refieren a la sustitución del Consejero Delegado y otros Funcionarios de la Compañía en casos de ausencia, impedimentos y vacantes.
k) las modificaciones de los artículos 18 a 20 y 22 y los párrafos respectivos, que tratar con los poderes de la Junta de Directores de la Compañía y la manera de su representación ante terceros;
(l) los ajustes en el artículo 23 y sus párrafos, a fin de aclarar la redacción de
las disposiciones relativas al funcionamiento del Consejo Fiscal;
(m) ajustes en el artículo 24 y párrafos respectivos, para hacer la redacción de estas disposiciones legales más claras;
(n) ajuste de la redacción en el párrafo único del artículo 25;
(o) ajustes en los artículos 26 y 27, para hacer la redacción de estos estatutos disposiciones más claras, y la exclusión del artículo 28 y su párrafo único, ya que
Es una disposición transitoria que ya no es aplicable.
(2) consolidar los Estatutos de la Sociedad con las modificaciones aprobadas.
“Entendemos que la información disponible aquí permite un posicionamiento en adelanto de nuestros accionistas y facilitar el proceso de toma de decisiones. Nuestro equipo de Investors Relations está disponible para aclarar eventuales dudas o para guiarlo”. Señala Usiminas
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