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Reconoce Grupo Famsa perder juicios contra el SAT

27 de julio 2021.- Grupo Famsa, S.A.B. de C.V. (“GFAMSA” o la “Emisora”) en términos del artículo 50, fracción V, inciso b) de las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Emisoras de Valores y a Otros Participantes del Mercado de Valores, se manifiesta derivado de la notas periodísticas que fueron publicadas el día de hoy por diversos medios de circulación nacional,  en donde se establece que la emisora recibió multas por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) por la declaración errónea de las pérdidas fiscales en el ejercicio 2013 y 2014 y que derivaron en la imposición de multas.

Al respecto, nos permitimos informar que dicha controversia tuvo su origen en la interpretación y aplicación de los artículos 17 y 18 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (“LISR”) vigente en 2013, y a los artículos 16 y 17 de la LISR vigente en 2014, mismos que se refieren al momento en que se materializaron las operaciones de venta y del momento en que debieron considerarse como ingresos acumulables.

Cabe recalcar que la compañía en su momento, inició los juicios contenciosos administrativos para la impugnación de dichas multas hasta agotar todas las instancias legales, en las cuales recibió sentencia definitiva en contra.

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