Amplía SE vigencia a cuota de importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta de EUA
La dependencia indicó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) aplicará las cuotas compensatorias en todo el territorio nacional en los siguientes términos:
A las importaciones del producto que fabrica y exporta Berg Europipe Holding Corporation aplicará 6.77 por ciento;
Para las importaciones provenientes de todas las demás exportadoras de los Estados Unidos 25.43 por ciento.
Agregó que este producto, usado para la conducción de gases y fluidos, principalmente petróleo, gas y agua, además de obras petroleras, sanitarias, de transmisión de gas, en plantas petroquímicas e hidráulicas, tendrá una cuota compensatoria de 4.04% si son importaciones fabricadas y exportadas por Berg Steel Pipe Corporation.
Señaló que en el periodo analizado la aplicación de las cuotas compensatorias fue efectiva para desincentivar la concurrencia de importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta en condiciones de discriminación de precios al mercado nacional.
La dependencia refirió que existen elementos suficientes para sustentar que de eliminarse las cuotas compensatorias, se repetiría la práctica de discriminación de precios de las exportaciones a México de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, originarias de los Estados Unidos.
Manifestó que la eliminación de las cuotas compensatorias daría lugar a que concurrieran nuevamente al mercado nacional importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta, originarias de los Estados Unidos en volúmenes considerables.
Indica que conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de la LCE, los importadores a esta resolución, no estarán obligados al pago de las cuotas compensatorias mismas si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a los Estados Unidos.
Por Verónica Flores