Impone SE cuotas compensatorias a tubería de acero de Corea, España, India y Ucrania
3 de abril de 2018.- La Secretaría de Economía (SE) impuso cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de tubería de acero al carbono sin costura, incluidas las definitivas y temporales, originarias de Corea, España, India y Ucrania, independientemente del país de procedencia.
Las cuotas impuestas por la SE en los siguientes términos:
a. de $0.1312 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de Iljin y para las demás empresas exportadoras, originarias de Corea;
b. de $0.3785 dólares por kilogramo para las importaciones provenientes de Tubos Industrial y para las demás empresas exportadoras, originarias de España;
c. de $0.2067 dólares por kilogramo para las importaciones originarias de India, y
d. de $0.1701 dólares por kilogramo para las importaciones originarias de Ucrania.
En la edición de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se detalla que las importaciones ingresan por las fracciones arancelarias 7304.19.01, 7304.19.02, 7304.19.99, 7304.39.05, 7304.39.06 y 7304.39.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.
El 15 de agosto de 2016 Tubos de Acero de México, S.A. (TAMSA) solicitó el inicio de la investigación.
A su vez, la SE aceptó el compromiso de precios que asumió Tubos Industrial y Productos Tubulares, por lo que no se aplicará la cuota compensatoria definitiva de $0.3785 dólares por kilogramo a las empresas Tubos Reunidos Industrial, S.L.U. y Productos Tubulares, S.A.U. y en caso de incumplimiento total o parcial del compromiso se aplicará la cuota compensatoria que corresponda.
En el DOF refiere que los importadores no estarán obligados al pago de las mismas si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Corea, España, India o Ucrania.
Por Verónica Flores