Fortalecerá economía nacional el retorno de capitales: SHCP
La dependencia ofreció un esquema de retorno de capitales con una tasa reducida de Impuesto sobre la Renta (ISR) de 8% sobre el monto de los recursos que regresen a México los contribuyentes.
Así, aquellos contribuyentes que tienen capital en el extranjero del cual en su momento pagaron ISR, únicamente deben acreditar ese pago, mientras que la tasa de 8% del ISR a que se refiere el decreto respectivo sólo aplicará por el capital del cual no se haya cubierto el impuesto.
Dicho esquema está dirigido a personas físicas y morales residentes en México y a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones directas e indirectas, y que los hayan mantenido en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2016.
La dependencia señaló que el acuerdo estará vigente durante seis meses contados a partir de la publicación del decreto.
Detalló que para obtener este beneficio, el capital retornado deberá destinarse a inversiones productivas, como adquisición de bienes de activo fijo y adquisición de terrenos y construcciones.
A su vez,, en investigación y desarrollo de tecnología y exclusivamente a la ejecución de proyectos propios del contribuyente que se encuentren dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción para la investigación y desarrollo de tecnología.
Refirió que debe destinarse al pago de pasivos que hayan contraído con partes independientes con anterioridad a la entrada en vigor del decreto que otorga esta facilidad.
Además se considerará dentro de este supuesto el pago de contribuciones o aprovechamientos, así como el pago de sueldos y salarios derivados de la prestación de un servicio personal subordinado en territorio nacional.
Asimismo, los capitales que regresen deben usarse en la realización de inversiones en México a través de instituciones de crédito o en casas de bolsa, constituidas conforme a las leyes mexicanas.
Precisó que los recursos deberán ser utilizados en la realización de sus actividades en el país, sin poder enajenar los bienes o disminuir las inversiones, en dos años.
El ISR que aplica en el retorno de capitales deberá pagarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del retorno de los recursos, expuso la dependencia federal.
Por Staff de ReportAcero