Siderurgia

Viola la Sección 232 duplicación de aranceles al acero turco

14 de julio de 2020.- La Corte de Comercio Internacional de los Estados Unidos en un fallo del 14 de julio dijo que la decisión del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, de imponer aranceles adicionales a las importaciones de acero turco en virtud de la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962 viola la ley.

La imposición de deberes adicionales «viola los procedimientos establecidos por ley y la garantía de la Constitución de igual protección bajo la ley», dijo el tribunal en su opinión.

Después de un tweet de Trump, Estados Unidos el 13 de agosto de 2018 aumentó el arancel de importación de acero de Turquía al 50% del 25% asignado a todos los países sin un acuerdo negociado individual en marzo de 2018.

En su tweet del 10 de agosto de 2018, Trump dijo que él autorizaba «una duplicación de los aranceles sobre el acero y el aluminio con respecto a Turquía, ya que su moneda, la lira turca, se desliza rápidamente hacia abajo frente a nuestro dólar muy fuerte».

Las tarifas más altas permanecieron vigentes hasta el 21 de mayo de 2019.

El demandante Transpacific Steel, un importador estadounidense de acero, solicitó un reembolso de los aranceles adicionales que pagó como resultado de los aranceles más altos. Los demandantes argumentaron que la medida para duplicar los aranceles de acero de Turquía era ilegal, ya que carecía de un nexo con la seguridad nacional, se emitió sin seguir los procedimientos legales obligatorios y destacó a los importadores de productos de acero turcos en violación de las garantías de la Quinta Enmienda de Protección Igual y debido proceso.

El tribunal determinó que elevar el nivel arancelario en Turquía violaba el cronograma del estatuto de la Sección 232, ya que exige que el Presidente tome una decisión basada en el informe del Secretario de Comercio dentro de los 90 días y luego implemente cualquier acción elegida dentro de los 15 días.

«El gobierno continúa argumentando que el presidente puede modificar su proclamación anterior, pero como ya hemos dicho, ‘la visión expansiva del presidente sobre su poder bajo la Sección 232 es errónea y está en desacuerdo con el lenguaje del estatuto , su historia legislativa y su propósito «, dijo el tribunal en su opinión.

«Contrariamente a lo que afirma el gobierno, no hay nada en el estatuto que respalde la autoridad continua para modificar las proclamas fuera de los plazos establecidos. El gobierno no ofrece ninguna cita al estatuto ni a la historia legislativa reciente para apoyar esta teoría», agregó el tribunal. .

Dados los cambios realizados en el estatuto de la Sección 232 a lo largo de los años, el tribunal sostuvo que, independientemente de si las modificaciones estaban permitidas antes, las modificaciones de las proclamaciones existentes bajo el esquema legal actual, sin seguir los procedimientos en el estatuto, no estaban permitidas, dijo el tribunal.

«El Presidente no está autorizado a actuar de conformidad con la Sección 232 sobre la base de cualquier sugerencia del Secretario; el estatuto requiere una investigación formal e informe», dijo el tribunal en su opinión.

 

 

Reportacero

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