Arrancará en octubre requisito de la UE relativo a la fundición y vertido de acero
La nueva normativa del bloque sobre el acero se ha publicado en el Diario Oficial
24 de junio de 2026.- El 24 de junio, la Unión Europea publicó en el Diario Oficial de la UE un reglamento sobre nuevas medidas de salvaguardia relativas a las importaciones de acero.
Sustituirá a las medidas actuales, que expiran el 30 de junio de este año, y entrará en vigor el 1 de julio.
La normativa establece una cuota anual total libre de aranceles de 18.3 millones de toneladas. Las importaciones de acero que superen este límite estarán sujetas a un arancel del 50%. Las importaciones procedentes de Islandia, Liechtenstein y Noruega quedarán excluidas de este programa.
Todavía no se han anunciado los detalles relativos a la asignación de cuotas a cada país.
Con el nuevo sistema, las cuotas tarifarias se gestionarán trimestralmente en lugar de anualmente. Los volúmenes no utilizados podrán transferirse al trimestre siguiente durante el primer año de implementación.
Otra disposición del reglamento es la introducción de la norma sobre «fundición y moldeo». Este requisito entrará en vigor el 1 de octubre de 2026. Antes del 31 de agosto de este año, la Comisión Europea deberá adoptar un reglamento de aplicación detallado que especifique la documentación necesaria. Antes del 30 de junio de 2028, la Comisión Europea evaluará, basándose en la información recabada conforme a la nueva norma, si es necesario determinar el país de origen como criterio para beneficiarse de los contingentes arancelarios.
Antes del 30 de junio de 2027, la Comisión Europea deberá evaluar la necesidad de modificar la lista de productos, teniendo en cuenta si debe incluir bienes adicionales fabricados con acero o que contengan una cantidad significativa de este. Dicha evaluación deberá, entre otras cosas, dar prioridad a los productos derivados del procesamiento del arrabio y el acero que no estén contemplados en el nuevo reglamento.
Además, antes del 30 de junio de 2029 y cada dos años a partir de entonces, tras la entrada en vigor de este reglamento, la Comisión Europea evaluará su eficacia después de amplias consultas con las partes interesadas de toda la cadena de valor, a menos que cambios significativos en el mercado exijan que esto se haga antes.
Como se indica en el documento, la industria siderúrgica de la UE se enfrenta a una situación difícil debido al exceso de capacidad global y a la creciente presión de las importaciones. En particular, la pérdida sin precedentes de capacidad de producción desde 2018 ha ascendido a más de 30 millones de toneladas, y la utilización de la capacidad alcanzó un mínimo histórico del 67 % en 2024.
Cabe recordar que en junio de este año, la Comisión Europea inició consultas sobre la documentación necesaria para garantizar la trazabilidad en el marco de la aplicación del requisito de «fundición y moldeo». Estas consultas se extenderán hasta el 2 de julio de 2026.
Reportacero