El futuro de los vapeadores está en manos de la Suprema Corte
19 Oct 2021.- El uso de vapeadores está por enfrentar una prueba más en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en donde se discutirá hoy si se otorga o no el permiso para la venta de estos dispositivos. Los ministros deben votar si el Artículo 16 de la Ley General del Tabaco es violatorio del principio de igualdad.
Es decir, quienes interpusieron estos amparos buscan que los vapeadores tengan el mismo tratamiento que los dispositivos que calientan tabaco, y que sí tienen autorización de importación y comercialización. Los dispositivos que calientan el tabaco son plumillas en las que se inserta una pastilla de tabaco. No emiten humo, como ocurre con los cigarros tradicionales. Su importación y comercialización fue autorizada por la Secretaría de Economía en julio, bajo el argumento de que son productos que utilizan tabaco, cuyo consumo es legal en el país.
La prohibición se mantiene para los vapeadores, que funcionan con batería y que lo que hacen es calentar un líquido, no tabaco. Esto se convierte en un vapor que la persona inhala. La comercialización de estos líquidos, que son elaborados a partir de glicerina y propilenglicol de grado alimenticio, también está prohibida.
Lo que ocurrirá en el pleno de la Corte aún es incierto, ya que hay una contradicción de tesis entre la Primera y Segunda Salas. Cada una ha adoptado resoluciones contradictorias sobre la comercialización de los vapeadores. De acuerdo con los documentos de la Corte, en esta discusión se deben resolver los amparos a revisión 435/2019, 853/2019 y 957/2019.
Antes de llegar al Pleno, el amparo 435/2019 se revisó en la Primera Sala y el ministro Jorge Pardo Rebolledo sentenció a favor del amparo, con cuatro votos a favor y una abstención. La revisión de amparos 853/2019 y 957/2019, debatidos en la Segunda Sala, no fue otorgada a favor. “Nosotros, como usuarios, hemos intentado acercarnos a la Corte presentando un breve documento con argumentos de por qué consideramos que la prohibición de los cigarros electrónicos es totalmente inconstitucional”, comenta Tomás O’Gorman, abogado y miembro fundador de la organización ProVapeo Mx.
Las asociaciones en favor del vapeo argumentan que con las prohibiciones para la comercialización e importación de los dispositivos se obstruye su derecho a acceder a estos productos, afectando a la vez su derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Bajo este concepto, los usuarios adultos de vapeadores pueden argumentar que tienen derecho legal de decidir la forma en la que quieren consumir nicotina y, si requiere una alternativa, el gobierno debe de permitirle que ejerza esta libertad para adquirirlas, siempre y cuando, no dañen a terceros. Este proceso requiere de respaldo científico.