Economia y Politica

El SAT reafirma que el “régimen societario” no se validará en la factura 4.0

27 Jul 2022.- La autoridad había informado que los nombres, tanto del emisor como del receptor del CFDI, debían incluirse en mayúsculas, omitiendo el régimen societario

El 25 de julio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la segunda versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.

Uno de los cambios presentados en esta versión es la modificación al Anexo 29 – Validaciones adicionales de CFDI, el cual se modifica para indicar que en el campo “nombre” tanto del emisor como del receptor, a validar contra el listado del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), sólo se incluye la denominación o razón social, eliminando la referencia al régimen societario, informó Fiscalia.

Ya anteriormente se había informado que los nombres, tanto del emisor como del receptor del CFDI, debían incluirse en mayúsculas y omitiendo el régimen societario.

Uno de los puntos más complejos a manejar, desde el punto de vista de sistemas, es la omisión del régimen societario. Esto se debe a que el régimen societario forma parte del nombre legal del ente, y dado que la factura no tiene uso exclusivo fiscal, sino que tiene diversas aplicaciones y funciones, resulta complejo que el nombre o la razón social se plasme incompleto. El impacto jurídico y en sistemas de esta medida debe ser evaluado por los contribuyentes y, en su caso, se debe buscar una solución práctica.

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