Extiende Vietnam por cinco años antidumping contra acero laminado en frío de China
2 de enero de 2026.- En Vietnam las medidas antidumping contra el acero laminado en frío chino se prorrogarán durante otros cinco años.
El Ministerio de Industria y Comercio acaba de emitir la Decisión Nº 3765/QD-BCT sobre los resultados de la revisión final de la aplicación de medidas antidumping contra determinados productos de acero laminados en frío (prensados en frío) originarios de China.
En consecuencia, las medidas antidumping se prorrogarán por otros cinco años, hasta el 27 de diciembre de 2030 (a menos que se modifiquen o prorroguen mediante una decisión separada del Ministerio de Industria y Comercio).
En concreto, el artículo 1 de la Decisión Nº 3765/QD-BCT establece claramente la aplicación de derechos antidumping sobre determinados productos de acero laminados en frío (prensados en frío) importados a Vietnam clasificados en los códigos SA: 7209.16.10; 7209.16.90; 7209.17.10; 7209.17.90; 7209.18.91; 7209.18.99; 7209.26.10; 7209.26.90; 7209.27.10; 7209.27.90; 7209.28.10; 7209.28.90; 7209.90.90; 7211.23.20; 7211.23.30; 7211.23.90; 7211.29.20; 7211.29.30; 7211.29.90; 7225.50.90 son originarios de China.
La presente decisión entra en vigor a partir del 28 de diciembre de 2025, y la Decisión Nº 3390/QD-BCT de fecha 21 de diciembre de 2020, del Ministro de Industria y Comercio, deja de tener vigencia a partir de la fecha en que esta decisión entra en vigor.
Previamente, el Ministerio de Industria y Comercio inició una investigación de revisión final en diciembre de 2024, de conformidad con la ley de defensa comercial vietnamita. El proceso de investigación se llevó a cabo en estricto cumplimiento de la Ley de Gestión del Comercio Exterior, la normativa pertinente y el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
La autoridad investigadora determinó que existe la posibilidad de que las mercancías importadas investigadas continúen o repitan las prácticas de dumping que causan daño a la rama de producción nacional si se levantan las medidas antidumping. El proyecto de conclusión final de la revisión se ha enviado a las partes pertinentes para que formulen sus observaciones.
Una vez que la Decisión entre en vigor, el Ministerio de Industria y Comercio se coordinará con las agencias de gestión pertinentes para inspeccionar, monitorear y supervisar la efectividad de la implementación de la Decisión con base en la información sobre la situación de las importaciones de mercancías sujetas a derechos antidumping y mercancías que pueden evadir medidas antidumping proporcionada por las autoridades aduaneras, de conformidad con el Artículo 18 del Decreto Gubernamental No. 86/2025/ND-CP del 11 de abril de 2025, que detalla una serie de artículos de la Ley de Gestión del Comercio Exterior sobre medidas de defensa comercial.
Reportacero