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Investiga Perú importaciones de alambrón de China

23 de febrero de 2026.- En Perú, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, Indecopi informó que la investigación sobre las importaciones de alambrón de hierro o acero procedente de China está en fase final y que, hasta el momento, no se ha emitido una decisión definitiva en la primera instancia administrativa.

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) comunicó que, en el marco de este procedimiento, se notificó a las partes involucradas el documento de “Hechos Esenciales”.

Este reporte contiene la evidencia técnica recabada durante el periodo probatorio, ofreciendo a los actores del proceso la posibilidad de conocer los fundamentos que sustentan la futura decisión de la comisión.

La imposición provisional de derechos

La imposición provisional de derechos antidumping de 64,6 dólares por tonelada sobre el alambrón chino fue retirada en noviembre de 2025.

El próximo viernes 27 de febrero, a la 1:45 p.m., se realizará una audiencia pública virtual en la que las partes podrán presentar directamente sus posiciones ante la comisión. Luego de la audiencia, existirá un plazo de cinco días hábiles para que los interesados presenten sus argumentos por escrito.

Cumplidos estos pasos, la comisión tendrá un máximo de 21 días hábiles para definir si corresponde la aplicación de derechos antidumping definitivos a las importaciones de alambrón originario de China.

Indecopi precisó que, en caso alguna de las partes no esté conforme con la decisión de primera instancia, podrá apelar ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, que actúa como segunda y última instancia administrativa.

La investigación sobre el alambrón chino surgió tras la denuncia de una empresa nacional por presuntas prácticas de dumping, lo que llevó a la imposición de derechos antidumping provisionales en julio de 2025.

Estos derechos, que alcanzaban los $64.6 dólares por tonelada, afectaban al alambrón de acero sin alear chino, un insumo utilizado en la industria y la construcción por su formato de sección circular y superficie lisa, en diámetros de 5.5 a 16 milímetros.

La incertidumbre por la resolución final sobre el dumping de acero de China preocupa tanto al sector industrial como al de la construcción peruana.

El análisis sobre derechos antidumping se basa en pruebas y legislación vigente

En noviembre de 2025, Indecopi resolvió dejar sin efecto los derechos provisionales después de que venciera el plazo máximo de cuatro meses establecido por la legislación nacional y el Acuerdo Antidumping de la OMC.

La decisión, comunicada oficialmente a las partes interesadas y a la SUNAT, abrió la puerta a la reanudación de las importaciones del producto sin medidas arancelarias temporales.

La comisión también recordó que, en el mismo periodo, adoptó decisiones sobre otros productos, como la ampliación de derechos antidumping para cierres de cremallera y sus partes, incluyendo ahora a mercancías procedentes de Indonesia y Tailandia, además de China, tras observar cambios en los patrones de comercio y la falta de cooperación de los exportadores.

Indecopi reafirmó su función como organismo técnico e imparcial, señalando que la resolución final sobre el caso del alambrón chino se basará únicamente en el análisis de las pruebas y la normativa vigente. La entidad aseguró que todo el proceso se desarrolla con transparencia y en igualdad de condiciones para todas las partes involucradas en la investigación.

 

 

Reportacero

 

 

 

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