Registra UE importaciones de acero procedente de Egipto, India, Japón y Vietnam
28 de octubre de 2024.- La UE ha iniciado el proceso de registro de las importaciones de acero laminado en caliente procedentes de cuatro países. Esta medida permitirá imponer derechos antidumping de forma retroactiva si es necesario.
La Comisión Europea ha anunciado que ha iniciado el proceso de registro de las importaciones de acero laminado en caliente procedentes de Egipto, India, Japón y Vietnam, que son objeto de investigaciones antidumping en curso. Así lo informa el Diario Oficial de la UE.
El registro de importación, que caduca en nueve meses, permitirá la recaudación retroactiva de derechos antidumping en caso de ser necesario. El procedimiento entró en vigor el 26 de octubre.
“Las condiciones para la imposición retroactiva de derechos se evaluarán en el acto reglamentario que imponga los derechos finales, si los hubiera”, dice el documento de la CE.
La investigación se inició en agosto de este año a raíz de una denuncia presentada por la Asociación Europea del Acero (EUROFER) el 24 de junio en nombre de los productores.
La CE señaló que, según la denuncia, el margen de dumping de las importaciones en todo el año 2023 es del 30-40% para Egipto, del 10-20% para Japón, alrededor del 10% para India y del 5-15% para Vietnam. El nivel medio de remediación es del 26%, 29,3%, 27,3% y 34,7%, respectivamente.
El tipo del derecho futuro suele fijarse en el nivel más bajo de estos dos. Sin embargo, si la investigación revela pruebas de distorsión de la materia prima, la posible obligación futura se fijará en el nivel del margen de dumping si la Comisión Europea concluye que un derecho inferior al margen de dumping no sería suficiente para eliminar el perjuicio sufrido por la industria de la UE.
Los productos sujetos a investigaciones antidumping se clasifican en los siguientes códigos aduaneros: 7208 10 00, 7208 25 00, 7208 26 00, 7208 27 00, 7208 36 00, 7208 37 00, 7208 38 00, 7208 39 00, 7208 40 00, 7208 52 10, 7208 52 99, 7208 53 10, 7208 53 90, 7208 54 00, 7211 13 00, 7211 14 00, 7211 19 00, ex 7225 19 10, 7225 30 90, ex 7225 40 60, 7225 40 90, ex 7226 19 10, 7226 91 91 y 7226 91 99.
Como informó anteriormente el Centro GMK, la posible introducción de derechos antidumping retroactivos sobre las importaciones de bobinas laminadas en caliente a la UE podría afectar el comercio antes de lo esperado y afectar a más de la mitad de las importaciones de BLC al bloque.
Reportacero