Energía

Convoca IENOVA a una Asamblea de Accionistas para iniciar proceso de desliste de la BMV

16 de Junio 2021.- El Consejo de Administración de Ienova ha convocado a una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que se realizará el próximo 28 de junio, en la cual se votará una propuesta para solicitar la cancelación de la inscripción de las acciones representativas del capital social de Ienova en el Registro Nacional de Valores a cargo de la CNBV; y la consecuente cancelación de su listado en la BMV.

También se presentará una propuesta en la Asamblea, para que Ienova, y/o alguna afiliada de la misma integrante de su grupo de control, lleve a cabo una Oferta Pública de Adquisición en efectivo de las acciones representativas del capital social de Ienova, en términos de lo dispuesto por el artículo 108 Fracción II de la Ley del Mercado de Valores.

Para ser aprobada la propuesta de cancelación, es necesario que obtenga el voto favorable de los accionistas que representen al menos el 95% del capital social. Cabe recordar que como resultado de la Oferta de Intercambio que venció el pasado 24 de mayo, Sempra Energy ahora cuenta con una participación de 96.4% en Ienova, por lo que la aprobación de la propuesta está garantizada.

De acuerdo con el artículo 108 de la Ley del Mercado de Valores, la Oferta de Pública de Adquisición en efectivo deberá realizarse cuando menos al precio que resulte mayor entre (a) el precio promedio ponderado por volumen de las operaciones que se hayan efectuado durante los últimos treinta días en que se hubieran negociado las acciones previo al inicio de la oferta y (b) el valor contable de las acciones de la emisora (USD 3.628 al cierre del 1T21); el oferente también estaría obligado a constituir un fideicomiso de desliste conforme a la regulación aplicable, mismo que tendrá una vigencia no menor a seis meses y al que deberán aportarse las cantidades que se requieran para adquirir, en su caso, al mismo precio de la oferta los valores de los inversionistas que no hubieren acudido a la misma.

La Oferta Pública de Adquisición podría realizarse a un precio distinto, sujeto a la previa autorización de la CNBV, con base en la situación financiera de la emisora y sus perspectivas, con la aprobación del Consejo de Administración de la emisora, teniendo en consideración la opinión del Comité de Prácticas Societarias, en la que se contengan los motivos por los cuales se estima justificado establecer un precio distinto, respaldada del informe de un experto independiente.

 

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